República, C. G. de la. (2015). Dictamen No. 60.575 de 1 de octubre de 2012. Reintegro: El reintegro de un funcionario a la labor que desempeñaba es una facultad privativa de la jefatura superior del servicio. Síntesis De La Jurisprudencia Administrativa. Recuperado a partir de https://sintesisdejurisprudencia.uchile.cl/index.php/SJA/article/view/35767