República, C. G. de la. (2015). Dictamen No. 63.359 de 11 de octubre de 2012. Ascenso: Servicio deberá enterar a la peticionaria las remuneraciones no pagadas, derivadas de su ascenso retroactivo que no hayan prescrito. Síntesis De La Jurisprudencia Administrativa. Recuperado a partir de https://sintesisdejurisprudencia.uchile.cl/index.php/SJA/article/view/35778